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Normativa para la Aplicación de la Ley para la Promoción del Trabajo Juvenil.

En los pasados días se publicó el Acuerdo Ministerial No. MDT-2016-0158 del Ministerio del Trabajo que contiene la Normativa para la Aplicación de la Ley Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil.

Lo más llamativo de esta normativa es que el texto de Acuerdo publicado en el R.O. difiere del texto del Acuerdo publicado en la página web del Ministerio del Trabajo, especialmente en el Art. 6. Antes el 2% se refería a la nómina de trabajadores estables. Ahora se refiere al 2% de sus trabajadores que tengan título profesional. Es un cambio significativo que el Ministerio ha hecho de manera unilateral entre el texto que inicialmente publicó y el texto que aparece en el R.O.

Tomar en cuenta éste y otros cambios que aparecen en el Acuerdo MDT-2016-158 publicado en el Suplemento del R. O. Nº 820 de 17 de agosto de 2016.

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Reformas Decreto Ejecutivo No.1121- Reglamento para la Aplicación del Mandato Constituyente No. 8

El Reglamento para la Aplicación del Mandato Constituyente Nº 8 fue publicado en el Suplemento R.O. 353. Esencialmente, dicho Reglamento prohibió la Intermediación Laboral, reguló la contratación a través de terceros de servicios complementarios y extendió el derecho de participación de utilidades de empresas usuarias a favor de los trabajadores de empresas de servicios complementarios. Este Reglamento fue reformado en Decreto Ejecutivo No. 1313 y las reformas al mismo fueron publicadas en R.O. 427 de 17 de Septiembre de 2008.

Reformas-Decreto-Ejecutivo-No.-1121-Reglamento-para-la-Aplicacion-del-Mandato-Constituyente-No.-8

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